estatutos
de la DC-SEPAC
¿Cómo me uno a una reunión por primera vez?
Nuestras reuniones son generalmente el tercer miércoles del mes a las 7 p. m. Actualmente nos estamos reuniendo en persona a menos que se indique lo contrario. Por lo general, alternamos entre las bibliotecas de Charlton y Dudley Middle School.
Buscaremos una posibilidad de reunión híbrida para el año escolar 2022-2023.
estatutos:
Consejo Asesor de Padres de Educación Especial de Dudley-Charlton
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ARTÍCULO 1: NOMBRE
El nombre completo de esta organización autónoma será "Consejo Asesor de Padres de Educación Especial de Dudley-Charlton" (abreviado como "DC-SEPAC").
ARTÍCULO ll: OBJETO
El DC-SEPAC tendrá por objeto:
A. Colaborar con funcionarios del distrito y líderes comunitarios para mejorar y brindar oportunidades educativas, sociales y ocupacionales disponibles dentro y fuera de nuestras escuelas para maximizar la preparación para nuestros niños con discapacidades.
B. Asesorar a los funcionarios del distrito y al Comité Escolar sobre asuntos relacionados con la educación, la salud y la seguridad de los estudiantes con necesidades especiales al proporcionar comentarios y revisiones directos de los padres. y comentarios sobre todos los asuntos relacionados con la educación especial.
C. Abogar en nombre de los estudiantes con necesidades especiales y sus familias ante los funcionarios del distrito, el Comité Escolar y la comunidad circundante.
D. Proporcionar una red de padres para compartir información y discutir asuntos de educación especial.
E. Proporcionar información en forma de oradores, talleres y capacitaciones a padres y educadores para mejorar el conocimiento que rodea educación especial.
F. Reunirse periódicamente con los funcionarios del distrito para participar en la planificación, el desarrollo y la evaluación de los programas de educación especial del distrito .
G. Facilitar la comunicación y el intercambio de información entre los padres/tutores de niños con necesidades especiales y los funcionarios del distrito.
H. Brindar capacitación anual para padres sobre los derechos de los estudiantes según las leyes estatales y federales de educación especial.
I. Fulfill all other obligations of parent advisory councils as set forth in Capítulo 71B Sección 3 y 603 CMR 28.07(4).
ARTÍCULO II: MEMBRESÍA
Sección 1: Membresía
La membresía en DC-SEPAC está abierta a cualquier persona que tenga interés en la educación especial y los propósitos de DC-SEPAC.
Sección 2: Membresía con derecho a voto
La membresía con derecho a voto consiste en padres o tutores de niños con necesidades especiales que residen o asisten a escuelas en el Distrito Escolar Regional de Dudley Charlton (DCRSD), independientemente del estado del plan de educación individualizado (IEP). Además, un miembro debe participar en al menos una reunión abierta del DC-SEPAC cada 12 meses. La junta ejecutiva puede considerar y permitir excepciones a los requisitos anteriores caso por caso.
ARTÍCULO IV: JUNTA EJECUTIVA
Sección 1: Junta Ejecutiva
La junta ejecutiva será elegida a través de elecciones anuales. La junta ejecutiva incluirá al presidente, vicepresidente, secretario de actas, secretario de publicidad y hasta 3 miembros en general. Todo funcionario de la DC-SEPAC deberá ser miembro de la DC-SEPAC. Los cargos son por períodos de un año, pero no tienen límites de duración.
Sección 2: Deberes
A) El presidente presidirá todas las reuniones y realizará otras funciones de acuerdo con el cargo. Estos deberes incluyen establecer la agenda para cada reunión abierta, nombrar comités permanentes y puestos de presidente de comité, actuar como enlace con el Director de Educación Especial y comunicarse con la junta ejecutiva. El presidente también puede ser responsable de tareas adicionales que la junta considere necesarias.
B) El vicepresidente apoyará al presidente en todas las reuniones abiertas y presidirá las reuniones según sea necesario en ausencia del presidente._cc781905-5cde-3194-bb3b- 136bad5cf58d_ El vicepresidente también puede ser responsable de tareas adicionales que la junta considere necesarias.
C) El Secretario de Actas levantará y mantendrá el acta de la reunión abierta del DC-SEPAC. Esto incluye la revisión y aprobación de las actas durante cada reunión abierta y la publicación de las actas aprobadas en el sitio web de DC-SEPAC. El Secretario de Actas mantendrá una base de datos de los miembros y su información de contacto. El Secretario de Actas también puede ser responsable de tareas adicionales que la junta considere necesarias.
D) El Secretario de Publicidad organizará y procurará todos los lugares de reunión, anunciará las fechas de reunión/presentación en publicaciones escolares y comunitarias y coordinará esas actualizaciones en el DC- Web de la SEPAC. El Secretario de Publicidad podrá también producir, con la colaboración de la junta directiva, publicaciones que apoyen y promuevan la organización. El Secretario de Publicidad también puede ser responsable de funciones adicionales que la junta considere necesarias.
ARTÍCULO V: ELECCIONES
Sección 1: Votación
Las elecciones anuales de DC-SEPAC serán el primer orden del día en la reunión de negocios abierta cada mayo. Las elecciones se decidirán por mayoría simple de votos de los miembros con derecho a voto. La junta ejecutiva y los miembros en general serán votados para el cargo por elección.
Se seleccionará un presidente de nominaciones (y un comité de nominaciones de 3 a 5 miembros, según sea necesario) para ejecutar las nominaciones abiertas y supervisar el proceso de elección. El comité contactará a los miembros para solicitar nominaciones, verificar las partes interesadas, preparar las boletas y supervisar el proceso de votación. Las nominaciones se tomarán por escrito hasta la reunión de mayo y del pleno inmediatamente antes de la elección en la reunión abierta de mayo. La votación se llevará a cabo mediante una boleta escrita privada y será contada por un miembro que no se postule para el cargo.
Sección 2: Términos y transferencia de funciones
La transferencia de deberes ocurrirá en la reunión de junio, se espera que los funcionarios salientes se reúnan con los titulares para transferir información, registros y otras responsabilidades.
Sección 3: Vacante
Cuando se producen vacantes a mitad de año, se pueden realizar elecciones especiales tan pronto como sea necesario. Si el puesto de presidente queda vacante, el vicepresidente se convertirá automáticamente en el presidente interino hasta que se lleve a cabo una elección especial para elegir un nuevo presidente.
ARTÍCULO VI: REUNIONES DE NEGOCIOS ABIERTAS
Sección 1: Reuniones
Se llevarán a cabo un mínimo de cuatro reuniones de negocios abiertas del DC-SEPAC durante el año escolar. Las fechas de las reuniones serán determinadas por la junta ejecutiva y anunciadas, mediante aviso publicado y/o electrónicamente, al menos 48 horas antes de la fecha prevista. Las reuniones de la junta ejecutiva se llevarán a cabo según sea necesario y se anunciarán mediante aviso publicado y/o electrónicamente al menos 48 horas antes de la reunión. Se pueden realizar reuniones, presentaciones y actividades adicionales, según lo determine la junta, siempre que se proporcione un aviso de 48 horas como se describe anteriormente.
Sección 2: Quórum
Las decisiones de la asamblea no podrán ser votadas sin quórum. Una mayoría de la junta ejecutiva (3 miembros de la junta) y ningún miembro con derecho a voto es el mínimo necesario para un quórum.
Sección 3: Reuniones de negocios especiales
Las reuniones extraordinarias de la DC-SEPAC podrán ser convocadas por el Presidente, siempre que la notificación se haya hecho por correo postal o electrónico con al menos 48 horas de anticipación a la fecha de la reunión.
Sección 3: Reunión electoral
Además de las elecciones especiales para llenar las vacantes, la reunión de negocios en la que se eligen los funcionarios se llevará a cabo en mayo.
Sección 4: Formato de las Reuniones
Se seguirá una versión modificada de las Reglas de Orden de Robert. El formato de la reunión es el siguiente:
A) Bienvenida y presentaciones
B) Aprobación de Acta
C) Informes de la Junta Ejecutiva
D) Informes del comité
E) Asuntos anteriores
F) Nuevo negocio
G) Anuncios
H) Agenda de la próxima reunión
I) _cc781905-5cde-31936bad5cf58d_ Foro abierto
J) Finalizar
ARTÍCULO VII: COMITÉS
El presidente nombrará comités permanentes según sea necesario. El presidente del comité permanente deberá ser un voluntario o un candidato voluntario. El presidente del comité será elegido por el comité. En ausencia de quórum, el presidente del comité será designado por el presidente de SEPAC. Únicamente los miembros de la DC-SEPAC serán elegibles para desempeñar cualquier cargo electivo o designado.
ARTÍCULO VIII: ENMIENDAS
Los estatutos pueden ser enmendados en cualquier reunión abierta de negocios por mayoría de votos; sin embargo, los cambios no pueden ser propuestos y votados en la misma reunión de negocios. Se notificará a los miembros en general (mediante aviso publicado o comunicación electrónica) que los estatutos se modificarán mediante un proceso de votación al menos 48 horas antes de que se lleve a cabo la votación.
Adoptado el 3-2-2010, DC-SEPAC